Por: Guillermo y Santiago Vidal Albarrac?n.

Sabido es que la primera impresi?n del pa?s que reciben los turistas, es dada por la estructura de su aeropuerto y el desempe?o del personal migratorio y aduanero. Veamos qu? sucede con el equipaje de los pasajeros internacionales.

En materia aduanera, la din?mica del comercio internacional, al intentar ser captada por las normas deja muchos ?grises? que rozan el principio de legalidad. Tal la cuesti?n se plantea en la diferenciaci?n de la infracci?n en el equipaje y el delito aduanero (contrabando v?a equipaje), que tiene como consecuencia pr?ctica, la imposici?n de una mera multa o que el pasajero sea privado de la libertad.