Tanto el BCRA (Com. A 7030) como la CNV (Res. Gral. 841/2020) establecieron mayores ajustes y controles al mercado de cambios.

En primer lugar, el BCRA dispuso que quienes tengan activos lquidos externos (por ejemplo, cuentas en el exterior o dlares en cajas de seguridad en el pas, etc.) debern disponer primeramente de esos recursos para el pago de sus obligaciones con el exterior.